Beneficiario final deberá ser identificado en inscripción y actualización de datos del RNC

11 septiembre, 2017 • Noticias • Views: 1309

La medida se toma en cumplimiento de la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y Financiamiento del terrorismo y en el marco del plan de la Administración Tributaria de fortalecer la transparencia fiscal

Impuestos Internos anunció a los contribuyentes que se requerirá la identificación del beneficiario final, a través de la implementación de nuevos cambios en los formularios de declaraciones  juradas, en el contexto del cumplimiento de la Ley Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento al Terrorismo.

Con la disposición, la Administración Tributaria fortalece la transparencia fiscal, el intercambio de información con fines tributarios, y la prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. 

“Esta disposición se inscribe en la estrategia de control de Impuestos Internos en cuanto al fortalecimiento del deber formal de inscripción y actualización de datos en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y registros especiales”, explicó la institución recaudadora en un comunicado de prensa.

El beneficiario final es la persona física que ejerce el control efectivo final, o son propietarios últimos de una persona jurídica o ente sin personalidad jurídica. También lo es una persona física en beneficio de quien o quienes se lleva a cabo una transacción, aun cuando la persona física no aparezca como titular  o como la persona que formalmente controla esa operación.

Según lo establecido por la normativa deben registrar el beneficiario final, de manera obligatoria, personas jurídicas o entes sin personalidad jurídica como los fideicomisos, fondos de inversión o similares, exceptuando las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) y las Personas Físicas, conforme a las disposiciones del Código Tributario, modificado por la Ley No. 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.

En los próximos días Impuestos Internos comenzará a implementar esta disposición con nuevos cambios en los formularios de declaraciones juradas que a partir del 21 del presente mes estarán disponibles en la Oficina Virtual, el Centro de Atención al Contribuyente y las Administraciones Locales y que deberán ser completados de manera obligatoria.

 

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